Permite a trabajadores y trabajadoras de casa particular solicitar en la respectiva Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) el retiro de sus fondos de la cuenta de indemnización, cuando no tienen en su poder el respectivo finiquito de trabajo, carta de renuncia, carta de aviso de término de la relación laboral, o acta de comparendo de conciliación.
Revise el manual que explica cómo realizar el trámite en línea.
{{mensaje[reloj]:El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web Mi DT y oficinas de la Inspección del Trabajo.}}
Trabajadores y trabajadoras de casa particular.
Cualquiera sea la causa que origine el término del contrato, los trabajadores y las trabajadoras de casa particular tienen derecho a una indemnización a todo evento, que se financia con un aporte del empleador o de la empleadora, equivalente al 1,11% de la remuneración mensual imponible.
La obligación del empleador o de la empleadora se extenderá durante 11 años, a contar del 1 de enero de 1991, o desde la fecha de inicio de la relación laboral, si ésta fuese posterior.
El monto de la indemnización se calculará a partir de los aportes generados en el período respectivo, más la rentabilidad obtenida.
Indefinida.
No tiene costo