Dice relación con aquel ámbito que involucra al actor como persona individual frente a un conflicto con su empleador, una vez que se ha extinguido la relación laboral que los ha vinculado.
Este producto fue objeto de un rediseño en sus procedimientos. Este rediseño se refiere a la separación de los conceptos "fiscalización" del de "conciliación" con el objeto de que esta actuación privilegie la orientación de las partes para la solución del conflicto más que a la sanción impuesta por la causal del despido.
laConciliación esun método de solución de conflictos producidos al momento del término de las relaciones individuales de trabajo. Dicho procedimiento se inicia cuando el interesado solicita la intervención de la Dirección del Trabajo, Institución que procura la solución de la disputa por la vía de un acuerdo entre el empleador y trabajador, velando que este sea justo y oportuno, en el marco de cumplimiento de la legislación laboral y previsional.
La Dirección del Trabajo dispone de conciliadores, profesionales especialmente capacitados en procedimientos y técnicas de conciliación que contribuyen a la aproximación y acuerdo de los conflictos laborales entre trabajador y empleador.
El trabajador puede solicitar la Conciliación Individual cuando tras la terminación de su contrato de trabajo no ha concordado con su ex empleador las condiciones jurídicas y económicas de dicha terminación y por lo que estima se le adeudan determinados conceptos y/o está en desacuerdo con la causal de terminación aplicada o la forma de cálculo o pago de las indemnizaciones respectivas.
El Trabajador puede acceder a la Conciliación Individual interponiendo un Reclamo Administrativo por Terminación de Contrato ante la Inspección Provincial o Comunal del Trabajo, de la jurisdicción de su ex empleador o del domicilio del trabajador, si éste se encuentra en una ciudad distinta.