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Descansos, Descanso reparatorio para salud privada
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¿Qué beneficio otorga la Ley N°21.530?

Descansos, Descanso reparatorio para salud privada
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La Ley N°21.530, concede de manera excepcional y por única vez, un "descanso reparatorio" a los trabajadores y las trabajadoras de establecimientos de salud privados, a los de farmacias y de almacenes farmacéuticos, sin distinción de la calidad contractual en virtud de la cual se encuentren vinculados a dichos establecimientos, farmacias y almacenes farmacéuticos. El beneficio constituye un reconocimiento al trabajo desarrollado por estos/as trabajadores y trabajadoras durante la pandemia de covid-19.

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Última modificación: 08/09/2023

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