Ordinarios
Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;
ORD. N°4400
21-sep-2017
Atiende solicitud de Sr. Fernando González Rougier, en representación de empresa LOGAM S.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
DEPARTAMENTO JURIDICO
K6291 (1424) 2017
ORD.:4400/
MAT.: Registro especial de asistencia y determinación de horas de trabajo; Certificación;
RORD.: Atiende solicitud de Sr. Fernando González Rougier, en representación de empresa LOGAM S.A., sobre autorización de sistema de registro y control de asistencia.
ANT.: 1) Memo N°255, de 18.08.2017, de Subjefe Departamento de Tecnologías de la Información.
2) Memo N°57, de 14.07.2017, de Jefe Departamento Jurídico.
3) Presentación de 06.07.2017, de Sr. Fernando González Rougier, en representación de empresa LOGAM S.A.
SANTIAGO, 20.09.2017
DE : JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A : SR. FERNANDO GONZÁLEZ ROUGIER
EMPRESA LOGAM S.A.
SIERRA BELLA N°1305
SANTIAGO
Mediante presentación del antecedente 3), la empresa Logam S.A., ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado “Logam”, y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el dictamen Nº1140/027, de 24.02.2016.
Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompaña informe de certificación emitido por la empresa Segic Usach Ltda., Rut N°77.045.700-9, suscrito por el Sr. Eduardo Durán Oliva.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron remitidos al Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, con el objeto de determinar el cumplimiento de los aspectos técnicos que deben comprender los sistemas computacionales de control de asistencia y determinación de las horas de trabajo de acuerdo al citado dictamen.
Dicho trámite fue evacuado mediante el memorándum de antecedente 1), el cual describe los siguientes reparos técnicos a la plataforma:
1-. En varias evidencias (1.1.2 y 1.1.4 por ejemplo) se aprecia que podría existir una inconsistencia respecto de la sincronización de los relojes, toda vez que el correo electrónico tenido a la vista fue enviado antes de realizado el marcaje. En efecto, el correo tiene fecha/hora 09/05/2017 16:39 y el marcaje indica 09/05/2017 16:40:30.
2-. La evidencia 1.4.1 no da cuenta del evento que intenta respaldar respecto de los marcajes fallidos.
3-. No fue posible acceder al portal para fiscalización http://labored.cl/phpLogin.
4-. El portal señalado no se implementó utilizando el estándar HTTPS.
5-. La evidencia 5 (referida a Arquitectura) no permite entregar una opinión técnica respecto de la robustez de la plataforma, ya que no indica si los servidores de aplicación y base de datos tienen algún tipo de protección que entregue alta disponibilidad a los servicios. Tampoco se aprecia la plataforma que permitiría el acceso web.
6-. El informe de Nessus da cuenta de una revisión desde el perímetro interno, ya que se aprecian direcciones IP de una subred LAN. Se debe hacer un escaneo de la plataforma desde Internet.
7-. Las evidencias presentadas dan cuenta de que algunos de los servidores de base de datos estarían soportados por el sistema operativo Windows 7, el cual no se considera sistema operativo para estos efectos, por lo que debe ser reemplazado.
En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado “Logam”, que presenta la empresa Logam S.A., presenta serias deficiencias las que, atendida su gravedad, impiden autorizar su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
Saluda a Ud.,
JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
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