Ordinarios
Competencia Dirección del Trabajo; Declaración de nulidad de cláusula contrato colectivo de trabajo;
ORD. N°1418
18-ago-2022
1) La cláusula del contrato colectivo vigente en que las partes acuerdan que los docentes ejercerán labores de vigilancia durante los recreos no se encuentra a ajustada a derecho. 2) La Dirección del Trabajo carece de competencia para declarar la nulidad de una cláusula contenida en un contrato colectivo.
Referencias al Código del Trabajo
TITULO PRELIMINAR