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MATERNIDAD, DESCANSOS MATERNALES
MATERNIDAD, DESCANSOS MATERNALES

¿Cuánto dura el descanso prenatal y postnatal?

La trabajadora tiene derecho a un descanso de maternidad de 6 semanas antes del parto (prenatal) y 12 semanas después de él (postnatal). La duración del pre natal puede verse alterada por un parto anticipado o retrasado o por la interrupción del embarazo. La duración del postnatal puede verse alterada por enfermedad derivada del alumbramiento; cuando el parto se produjere antes de iniciada la semana 33 de gestación, o si el niño al nacer pesare menos de 1.500 gramos; en caso de partos de 2 o más niños.

MATERNIDAD, DESCANSOS MATERNALES
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De conformidad con lo establecido en el artículo 195 del Código del Trabajo y, sin perjuicio del permiso postnatal parental de doce semanas que regula el artículo 197 bis del Código del Trabajo (que se ejerce luego del descanso postnatal), la trabajadora tiene derecho a un descanso de maternidad de seis semanas antes del parto y doce semanas después de él.
Sin perjuicio de lo anterior, existen algunas situaciones especiales a partir de las cuales la duración del descanso pre y postnatal puede verse alterado.
La duración del pre natal puede verse alterada por un parto anticipado o retrasado o por la interrupción del embarazo.
La duración del postnatal puede verse alterada por enfermedad derivada del alumbramiento; cuando el parto se produjere antes de iniciada la semana 33 de gestación, o si el niño al nacer pesare menos de 1.500 gramos; en caso de partos de 2 o más niños.
(Ver: Código del Trabajo, artículo 195 y 196; Dictamen 4052/83 de 17/10/2011)
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Última modificación: 07/10/2021

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