Ordinarios
Sistema electrónico de registro y control de asistencia;
ORD.N°386
01-sep-2026
El sistema de registro y control de asistencia denominado "Sentra Cronos Cloud Control (SC3)", consultado por la empresa Sentra Software House Sociedad de Profesionales Limitada, RUT Nº77.765.460-8, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes
e Informes en Derecho
E89870 / 2026
ORDINARIO Nº: 386
MATERIA: Sistema electrónico de registro y control de asistencia.
RESUMEN: El sistema de registro y control de asistencia denominado "Sentra Cronos Cloud Control (SC3)", consultado por la empresa Sentra Software House Sociedad de Profesionales Limitada, RUT Nº77.765.460-8, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
ANTECEDENTES: Instrucciones de 10.08.2026 de Jefe de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
Correo electrónico de 27.05.2026 de Jefa (S) de Departamento de Tecnologías de la Información.
Carta de 07.04.2026 de empresa Sentra Software House Sociedad de Profesionales Limitada.
SANTIAGO, 01 SEP 2026
DE: JEFE (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A: SRES. SENTRA SOFTWARE HOUSE SOCIEDAD DE PROFESIONALES LIMITADA MONJITAS 527 OFICINA 1501
SANTIAGO
info@sentra.cl
Mediante la presentación del antecedente 3), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta se ajusta a las exigencias que sobre la materia establece la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, para lo cual se acompaña un informe de certificación emitido por la empresa Ciberlegal S.p.A., Rut 77.180.832-8.
Sobre el particular, cabe señalar que los antecedentes acompañados fueron sometidos al proceso de revisión previsto en el artículo 68 de la Resolución Exenta Nº38, de 26.04.2024, dictada en conformidad con lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 33 del Código del Trabajo.
En este contexto, conforme a la verificación efectuada por el Departamento de Tecnologías de la Información de este Servicio, informada mediante antecedente 2), se realizaron reiterados intentos de ingreso al portal de fiscalización, sin éxito. En efecto, luego de algunos segundos, el banner de acceso de este Servicio redirige nuevamente a la página principal de acceso.
En suma, analizada la información acompañada a la luz de las normas legales y reglamentarias invocadas y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado "Sentra Cronos Cloud Control (SC3)", consultado por la empresa Sentra Software House Sociedad de Profesionales Limitada, RUT Nº77.765.460-8, no se ajusta a todas las exigencias establecidas en la Resolución Exenta Nº38 de 26.04.2024, por lo que no se autoriza su utilización en el marco de la relación laboral.
Saluda atentamente a Ud.,
PABLO REYES CARREÑO
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO (S)
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
AMF/RCG
Distribución:
Jurídico;
Partes;
Control;