labores
Dictamen destacado
ORD. N°4383
Materias únicas: bono zonas extremas - directivas a nivel central - estatuto docente - labores
Fecha: 27-ago-2015
1) No existe inconveniente legal alguno para que la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención al Menor de Queilén, con los alcances referidos en el cuerpo del presente oficio, pacte con los trabajadores que prestan servicios en el nivel central de dicha entidad como Jefe Administrativo, Jefe de Finanzas, Jefe de Personal, Técnicos del Área y Jefe del Departamento de Educación, un Bono Zonas Extremas de origen convencional, pagadero por única vez el año 2015. 2) El Jefe del Departamento de Educación de una Corporación Municipal se encuentra regido en sus relaciones laborales con dicha entidad por el Estatuto Docente y, supletoriamente por el Código del Trabajo y sus leyes complementarias.
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Dictámenes
Fecha: 31/03/2015
Trabajadores que se desempeñan a bordo de ferrocarriles de transporte de carga y pasajeros; Labores "continuas"; Exceso de jornada diaria por circunstancias especiales; Remuneración; Tripulación de relevo; Obligación del empleador; Transgresión; Horas extraordinarias; Procedencia; Comunicación de la programación mensual; Anticipación; Tiempo de descanso; Ampliación del tiempo para el traslado; Turnos de espera o llamado; Solicitud de autorización de sistema excepcional de distribución de jornada de trabajo y descansos;