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Dictámenes y Normativa

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Período

Ordinarios

Comité paritario de higiene y seguridad; Constitución; Unidad económica; Comité Bipartito capacitación;

ORD. N°609

16-feb-2021

1.- Las normas legales y reglamentarias vigentes en materia de constitución de Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, deben ser aplicadas, a pesar de la declaración judicial de "unidad económica". 2.- La declaración judicial de "unidad económica" de un conjunto de empresas, obliga a sostener que, para el grupo de cuatro empresas declaradas como un solo empleador se cumple el mandato legal cuando se implementa un solo Comité Bipartito de Capacitación para el total de empresas consideradas un solo empleador. 3.- Un conjunto de empresas declaradas como "unidad económica", deberán tener la misma regulación contenida en un solo Reglamento interno de Orden, Higiene y Seguridad. 4.- Procede sumar las cantidades de trabajadores de todas las empresas declaradas un solo empleador, para los efectos laborales y previsionales.

comité paritario higiene y seguridad, constitución, unidad económica, comité bipartito capacitación,
ORD. N°609
comité paritario higiene y seguridad, constitución, unidad económica, comité bipartito capacitación,

Referencias al Código del Trabajo

TITULO PRELIMINAR
Título III DEL REGLAMENTO INTERNO
Título III DEL REGLAMENTO INTERNO
Título Final DE LA FISCALIZACION, DE LAS SANCIONES Y DE LA PRESCRIPCION
Capítulo I Del Reglamento Interno
Capítulo I Del Reglamento Interno

Catalogación

comité paritario higiene y seguridad, constitución, unidad económica, comité bipartito capacitación,