Ordinarios
Competencia Dirección del Trabajo; Relación laboral extinguida; Tribunales de Justicia;
ORD. N°1086
29-mar-2021
La Dirección del Trabajo debe abstenerse de emitir el pronunciamiento solicitado, por tratarse de un asunto controvertido después de extinguida la relación laboral.
Referencias al Código del Trabajo
Capítulo I De los Juzgados de Letras del Trabajo y de los Juzgados de Cobranza Laboral y Previsional