Contenido principal

Dictámenes y Normativa

Búsqueda simple
Ejemplo: 4919/115
Período

Ordinarios

Organizaciones Sindicales; Directores; Permiso Único Colectivo; Competencia Dirección del Trabajo;

ORD. N°1308

26-abr-2021

Esta Dirección carece de competencia para pronunciarse acerca de la procedencia de incluir a los dirigentes de las organizaciones sindicales constituidas en las empresas de rubro esencial en la solicitud de permisos únicos colectivos que estas últimas deben requerir respecto de los trabajadores a que se refiere el instructivo para Permisos de Desplazamiento del Gobierno de Chile, con el objeto de que aquellos puedan cumplir con las funciones propias de su cargo.

ORD. N°1308pdf738kb
organizaciones sindicales, directores, permiso único colectivo, competencia dirección trabajo,
ORD. N°1308
organizaciones sindicales, directores, permiso único colectivo, competencia dirección trabajo,

Catalogación

Concordancias directas:ordinario 1308, 26.04.2021
organizaciones sindicales, directores, permiso único colectivo, competencia dirección trabajo,