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Dictámenes y Normativa

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Período

Ordinarios

Organización Sindical; Directores; Permiso Único Colectivo; Competencia Dirección del Trabajo;

ORD. N°1427

10-may-2021

Esta Dirección carece de competencia para pronunciarse de incluir a los dirigentes de las organizaciones sindicales constituidas en las empresas de rubro esencial en la solicitud de permisos únicos colectivos que estas últimas deben requerir respecto de los trabajadores a que se refiere el Instructivo para Permisos de Desplazamiento del Gobierno de Chile, con el objeto de que aquellos puedan cumplir con las funciones propias de su cargo.

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organización sindical, directores, permiso único colectivo, competencia dirección trabajo,
ORD. N°1427
organización sindical, directores, permiso único colectivo, competencia dirección trabajo,

Catalogación

organización sindical, directores, permiso único colectivo, competencia dirección trabajo,