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Dictámenes y Normativa

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Ejemplo: 4919/115
Período

Ordinarios

Competencia Dirección del Trabajo; Corporación Municipal; Servicio Educacional;

ORD. N°1374

29-abr-2021

1. El traspaso del servicio educacional no exime a las corporaciones municipales de su obligación de pagar las deudas que hubieren contraído durante su administración, sino que la propia Ley N°21.040 dispone que estas últimas continúan siendo las únicas responsables y obligadas al pago de lo adeudado. 2. Corresponde a la Dirección del Trabajo tramitar las denuncias por deudas contraídas por las Corporaciones Municipales, previo al traspaso del servicio educacional. por ser de su cargo y de su resultado, informar a los denunciantes.

competencia dirección trabajo, corporación municipal, servicio educacional,
ORD. N°1374
competencia dirección trabajo, corporación municipal, servicio educacional,