Ordinarios
Consulta Genérica; Permiso Alimentación menor 2 años; Medidas Sanitaria Covid- 19; Jornada de Trabajo;
ORD. N°1563
31-may-2021
La facultad del empleador de establecer medidas de protección, mediante su potestad de mando, no puede jamas implicar la renuncia o el desconocimiento de un derecho concedido por nuestra legislación al trabajador, como lo es el derecho de alimentación contenido en el artículo 206 inciso 1 del Código del Trabajo.
Referencias al Código del Trabajo
TITULO PRELIMINAR
Título I Normas Generales
Título II DE LA PROTECCIÓN A LA MATERNIDAD, LA PATERNIDAD Y LA VIDA FAMILIAR