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Dictámenes y Normativa

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Dictámenes

Empresa de Servicios Transitorios; Boleta de Garantía o Instrumento Mercantil; Soporte de papel o formato Electrónico;

ORD. N°453/14

30-mar-2023

Para dar cumplimiento a la obligación señalada en el artículo 183-J del Código del Trabajo, las empresas de servicios transitorios sólo podrán presentar boletas de garantía a la vista u otros instrumentos mercantiles que puedan hacerse efectivos contra su sola presentación, en soporte de papel o formato electrónico, los cuales no pueden encontrarse sujetos a: plazos, condiciones procesos de liquidación ni cualquier otra modalidad que dilate o entorpezca el proceso de cobro de la caución.

empresa servicios transitorios, boleta garantía o instrumento mercantil, soporte papel o formato electrónico,
ORD. N°453/14
empresa servicios transitorios, boleta garantía o instrumento mercantil, soporte papel o formato electrónico,

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empresa servicios transitorios, boleta garantía o instrumento mercantil, soporte papel o formato electrónico,