Ordinarios
Organización sindical; Organización grado superior; Fuero de Federación; Competencia Dirección del Trabajo;
ORD. N°900
04-jul-2023
1.- La calidad de dirigente de un sindicato base es requisito esencial para ser elegido director de una federación o confederación, sin embargo, no lo es para los efectos de mantener vigente su mandato ni tampoco para ser reelegido en un cargo de tal naturaleza, siempre que, en este último evento, se trate de períodos sucesivos. 2.- La Dirección del Trabajo carece de competencia para emitir pronunciamiento respecto de la validez o nulidad de una determinada elección sindical.
Referencias al Código del Trabajo
Capítulo VII De las federaciones y confederaciones