Contenido principal

Dictámenes y Normativa

Búsqueda simple
Ejemplo: 4919/115
Período

Artículo 378

Texto

      
     Art. 378.- Tipos de mediación. Conforme a 
lo previsto en este Libro, habrá mediación 
voluntaria cuando las partes de común acuerdo 
soliciten la designación de un mediador a la 
Dirección del Trabajo.
     La mediación voluntaria tendrá un plazo 
máximo de diez días contado desde la 
notificación de la designación del mediador.

Documentos relacionados codigo del trabajo, articulo 378 (3)

Ordinarios

ORD. N°1843

Fecha: 09/06/2020

Mediación obligatoria y voluntaria; facultades de la comisión negociadora y nuevas ofertas del empleador;

Dictámenes

ORD. N°1414/33

Fecha: 31/03/2017

Ley N°20.940; Moderniza el sistema de relaciones laborales; Mediación y arbitraje,

Dictámenes

ORD.: Nº2723/109

Fecha: 09/05/1996

Dirección del Trabajo; Competencia; Normas previsionales; Negociación colectiva; Huelga; Facultades del empleador; Alcance; Negociación colectiva; Ultima oferta; Retiro Requisitos;