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Dictámenes y Normativa

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Dictamen destacado

ORD. N°5078/81

Materias únicas: estatuto de salud - facultades dirección del trabajo - municipal - normativa aplicable - práctica antisindical - reconsidera dictamen
Fecha: 16-dic-2014

1) Las denuncias por prácticas antisindicales formuladas por los trabajadores de una corporación municipal, afectos a la ley N°19.378, que establece el Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, se rigen por las normas previstas en los artículos 289 y siguientes del Código del Trabajo. 2) La Dirección del Trabajo está facultada legalmente para investigar las denuncias por prácticas antisindicales formuladas por los referidos trabajadores y para denunciar, en su caso, ante el tribunal laboral competente, las conductas del empleador que constituyan indicios suficientes de vulneración de derechos fundamentales. Reconsidera la doctrina contenida en dictamen N°5782/134, de 21.12.2005 y toda otra que no fuere compatible con lo sostenido en el presente oficio.

Documentos relacionados dictamen 5782/134 de 21.12.2005 (1)

Dictámenes

ORD. Nº 5782/134

Fecha: 21/12/2005

Dirección del Trabajo. Competencia. Prácticas Antisindicales.