dictamen 4264/205 de 16.11.2001
Dictamen destacado
ORD.N°415/33
Materias únicas: Remuneraciones de tripulantes de naves pesqueras
Fecha: 11-sep-2026
1)El inciso quinto del artículo 55 N de la Ley General de Pesca y Acuicultura contempla, según el régimen jurídico que rija la relación entre el armador y el patrón o los tripulantes, el pago de la parte acordada en el respectivo contrato o de la remuneración correspondiente por el traspaso de cuota efectuado. 2)Si el patrón o los tripulantes se encuentran vinculados al armador mediante contrato de trabajo, el pago que corresponda efectuar por el traspaso de cuota, conforme al régimen remuneracional aplicable, constituye remuneración en los términos del artículo 41 del Código del Trabajo. 3) No resulta procedente determinar, en abstracto y con prescindencia del contenido de las estipulaciones contractuales aplicables, que la remuneración indicada revista específicamente la naturaleza de comisión o participación. Tal calificación deberá efectuarse, si fuere necesario, sobre la base de los antecedentes propios de cada caso. 4) La Dirección del Trabajo se encuentra facultada para fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones remunerativas exigibles que emanen de una relación laboral entre el armador y el patrón o los tripulantes, incluido el pago que corresponda por el traspaso de cuota, pudiendo requerir los antecedentes necesarios para verificar dicho cumplimiento.
Documentos relacionados dictamen 4264/205 de 16.11.2001 (3)
Dictámenes
Fecha: 16/11/2001
Contrato Individual; Modificaciones; Naturaleza de los Servicios; Actividad Pesquera; Cuota de Pesca; Transferencia Empleador; Alcance; Jornada de Trabajo; Personal Excluido; Limitación de Jornada; Actividad Pesquera; Remuneración;