dictamen 260/10 de 19.01.2000
Dictamen destacado
ORD.N°337
Materias únicas: Cómputo - Feriado legal fraccionado - Trabajadores sujetos a sistema excepcional de distribución de jornada y descansos
Fecha: 22-jul-2026
El feriado de los trabajadores afectos a un sistema excepcional de jornada de trabajo y descansos debe calcularse conforme con las reglas generales sobre la materia, por lo que no corresponde considerar como hábiles los días sábado, domingo y aquellos que tienen asignado por ley el carácter de feriado.
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