dictamen 4967/334 de 27.11.2000
Dictamen destacado
ORD.N°366
Materias únicas: Precalificaciones - Calificación - Corporación Municipal - Estatuto de Salud - Competencia
Fecha: 02-jun-2025
1.- La exigencia de la autoevaluación dentro del proceso calificatorio del personal regido por la Ley N°19.378 no se encuentra contemplada por la normativa que regula la materia. 2.- El proceso calificatorio del personal regido por la Ley N°19.378 comprende como una de sus etapas la de las precalificaciones que exige dicha normativa. 3.- La Dirección del Trabajo no se encuentra facultada para iniciar la instrucción de una investigación sumaria o un sumario administrativo respecto de un funcionario regido por la Ley N°19.378, sin perjuicio de lo expuesto en el presente oficio.
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