dictamen 1669/67 de 13.03.1995
Dictamen destacado
ORD.N°450/15
Materias únicas: Ley N°20.940 - Comisión negociadora sindical - Procedimiento - Reconsidera doctrina contenida en el Dictamen N°2320/56, de 30.05.2017 - Organización sindical
Fecha: 04-jul-2025
Resulta pertinente dejar sin efecto la doctrina contenida en el Dictamen N°2320/56 de 30.05.2017, puesto que la audiencia prevista en el artículo 340 del Código del Trabajo debe tener lugar cada vez que se haya recibido la respuesta del empleador conteniendo impugnaciones o reclamaciones o que se hayan recibido reclamaciones por parte de la organización sindical.
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