ordinario 1103, 09.03.2017
Dictamen destacado
ORD. N°550
Materias únicas: Competencia Dirección del Trabajo
Fecha: 17-abr-2023
1) Esta Dirección carece de competencia para determinar si el despido del que fue objeto se encuentra o no ajustado a derecho, correspondiendo dicha facultad a los Tribunales de Justicia. 2) Este Servicio debe abstenerse de emitir un pronunciamiento por tratarse de una materia controvertida una vez extinguida la relación laboral, cuyo conocimiento y resolución corresponde exclusivamente a los Tribunales de Justicia.
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