dictamen 3993/148, 26.05.1987
Dictamen destacado
ORD.: Nº3194/180
Materias únicas: comisiones - contrato individual - legalidad de cláusula
Fecha: 02-jun-1997
No se ajusta a derecho la cláusula de los contratos de trabajo de agentes de cuentas de la A.F.P. Valora S.A., mediante la cual se condiciona el pago de comisiones a que el empleador del trabajador afiliado o traspasado a la Administradora cotice, o que la cotización no vaya a rezago, o que el afiliado quede cesante o fallezca con posterioridad a perfeccionada la afiliación.
Documentos relacionados dictamen 3993/148, 26.05.1987 (1)
Dictámenes
Fecha: 02/06/1997
Contrato individual; Legalidad de cláusula; Comisiones;