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Dictámenes y Normativa

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ORD. N°1392

Materias únicas: Asociación de Funcionarios
Fecha: 10-nov-2023

1. Sin perjuicio de las facultades que la Ley Nº19.296 ha conferido a la Dirección del Trabajo respecto de las asociaciones de funcionarios regidas por ese cuerpo legal, no corresponde a este Servicio pronunciarse sobre materias que pertenecen al ámbito propio del funcionamiento interno de aquellas, las que deberán ser resueltas de acuerdo con los mecanismos establecidos en sus estatutos, quedando a salvo el derecho de los afectados de someter el asunto a conocimiento de los Tribunales de Justicia. 2. Esta Dirección carece de competencia para pronunciarse sobre el sentido y alcance que debe darse a una norma estatutaria, por cuanto, en virtud de la autonomía de que gozan las asociaciones de funcionarios, dicha facultad se encuentra radicada en la respectiva organización.

Documentos relacionados ordinario 369, 07.03.2022 (1)

Ordinarios

ORD. N°369

Fecha: 07/03/2022

Asociación de Funcionarios; Organización Interna; Interpretación Normas estatutarias; Competencia Dirección del Trabajo;