dictamen 698/31, 23.10.2024
Dictamen destacado
ORD.N°498
Materias únicas: Establecimiento educacional regido por el D.L N°3.166, de 1980, del Ministerio de Educación Ley N°21.526
Fecha: 24-jul-2025
El reajuste de remuneraciones establecido por la Ley N°21.526 no resulta aplicable a las remuneraciones de los asistentes de la educación que se desempeñan en establecimientos educacionales técnicos profesionales regidos por el D.L N°3.166 de 1980, del Ministerio de Educación Pública, cuya relación laboral con el empleador, es de carácter privada y se rige por las normas del Código del Trabajo, Ley N°19.464 y de forma parcial por las disposiciones contenidas en la Ley N°21.109 conforme se señala en el Dictamen N°698/31 de 23.10.2024.
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Docentes; Asistentes de la Educación; Establecimiento Educacional Técnico Profesional; Administración delegada; Permisos;