ordinario n°689, 07.10.2025
Dictamen destacado
ORD.N°689
Materias únicas: Ley N°21.561 (Ley 40 horas) - Rebaja de jornada - Acuerdo entre las partes
Fecha: 07-oct-2025
No existe inconveniente en que, para dar cumplimiento a la rebaja progresiva de jornada dispuesta en la Ley N°21.561, las partes de una relación laboral determinen el periodo de tiempo diario en que se aplicará dicha rebaja, en la medida que se respeten los márgenes establecidos por el legislador.
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Fecha: 07/10/2025
Ley N°21.561 (Ley 40 horas); Rebaja de jornada; Acuerdo entre las partes;