Ordinarios
Documentación laboral; Suscripción mediante firma electrónica;
ORD. N°2893
11-jun-2015
Atiende presentación de Sr. Fernando Gaete, en representación de empresa Depósito y Contenedores S.A.
DEPARTAMENTO JURIDICO
K6352 (1141) 2015
ORD.: N° 2893 /
MAT.:Documentaciónlaboral;Suscripciónmediantefirmaelectrónica.
RORD.:Atiende presentación de Sr. Fernando Gaete, en representación de empresa Depósito y Contenedores S.A.
ANT.:1) Correo electrónico de 26.05.2015, de Sr. Víctor Villalobos C.
2) Presentación de 19.05.2015, de Sr. Fernando Gaete, en representación de empresa Depósito y Contenedores S.A.
SANTIAGO, 11.06.2015
DE :JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
A:SR. FERNANDO GAETE
EMPRESA DEPÓSITO Y CONTENEDORES S.A.
AVENIDA BERNARDO O´HIGGINS Nº388
PLACILLA
Mediante su presentación de antecedente 2), solicita un pronunciamiento jurídico de este Servicio respecto a la posibilidad de implementar un software de gestión de documentación electrónica, que les permitirá crear, firmar, gestionar y almacenar en dicho soporte la documentación que emana de las relaciones laborales y efectuar la gestión y firma de finiquitos laborales.
Sobre el particular, cúmpleme informar a usted que la reiterada y uniforme jurisprudencia administrativa de este Servicio contenida, entre otros, en dictamen N°789/15, de 16.02.2015, ha sostenido la validez de la documentación electrónica en el ámbito laboral, fijando una serie de condiciones necesarias para su correcta gestión.
Precisado lo anterior, es dable indicar que fluye de su presentación, complementada mediante correo electrónico de antecedente 1), que la solución desarrollada cumpliría con los requisitos copulativos señalados en el precitado dictamen N°789/15, de 16.02.2015, por lo que sería válida su implementación.
Ahora bien, respecto del procedimiento de firma de los finiquitos, señala que para suscribir documentos con rúbrica electrónica el sistema utiliza la huella digital de los firmantes, previa verificación de identidad biométrica por medio del mismo parámetro biométrico, la cual se encontraría almacenada en su base de datos, contando siempre con la autorización de los titulares para su uso.
Porotraparte,encuantoalprocedimiento de puesta a disposición del documento ante un ministro de fe, es dable apreciar que la solución en examen se ajusta a los requisitos establecidos por este Servicio sobre la materia, a través de dictamen N°1012/20, de 27.02.2015.
En consecuencia, sobre la base de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a Ud., que no existe impedimento para que la empresa Depósito y Contenedores S.A., implemente un sistema de emisión, firma, gestión y envío de la documentación electrónica que deriva de las relaciones laborales, incluyendo los finiquitos laborales, en la medida que el software cumpla con las reglas indicadas en el presente informe.
Saluda a Ud.,
JOSÉ FRANCISCO CASTRO CASTRO
ABOGADO
JEFE DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
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