Ordinarios
Descanso compensatorio; Día domingo y festivos; Procedencia; Feriado Irrenunciable;
ORD. N°1999
23-nov-2022
La coincidencia de un domingo con un día declarado por ley como feriado irrenunciable, no genera para los trabajadores exceptuados del descanso dominical y en días festivos en virtud del numeral 7 del inciso 1° del artículo 38 del Código del Trabajo, un día adicional de descanso.
Referencias al Código del Trabajo
TITULO PRELIMINAR
Párrafo 2º Horas Extraordinarias
Párrafo 4º Descanso semanal
Párrafo 4º Descanso semanal
Párrafo 4º Descanso semanal