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Dictámenes y Normativa

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Ejemplo: 4919/115
Período

Ordinarios

Competencia Dirección del Trabajo; Organización Sindical; Infracciones al derecho laboral; Principio autonomía sindical;

ORD. N°49

07-ene-2014

La Dirección del Trabajo, en su calidad de Autoridad Pública, debe inhibirse de participar frente a los conflictos que se susciten al interior de una organización sindical, con excepción de aquellas controversias que tengan su origen en infracciones al Derecho Laboral, y deben ser los propios interesados, de acuerdo con el principio de autonomía sindical que rige a estas organizaciones, los que encuentren solución a los desacuerdos o disputas que se originen.

competencia dirección trabajo, organización sindical, infracciones derecho laboral, principio autonomía sindical,
ORD. N°49
competencia dirección trabajo, organización sindical, infracciones derecho laboral, principio autonomía sindical,

Referencias al Código del Trabajo

Capítulo VI Del patrimonio sindical

Catalogación

competencia dirección trabajo, organización sindical, infracciones derecho laboral, principio autonomía sindical,