ordinario 4939, 17.10.2019
Dictamen destacado
ORD. N°4939
Materias únicas: inclusión laboral
Fecha: 17-oct-2019
Las corporaciones municipales sujetas a la reserva legal prevista en inciso primero del artículo 157 bis del Código del Trabajo, deberán registrar los contratos de trabajo, sus modificaciones y términos en el sitio electrónico de la Dirección del Trabajo, así como también deberán realizar la comunicación electrónica en el mes de enero de cada año.
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Ordinarios
Fecha: 17/10/2019
Ley de inclusión laboral; Obligación de registrar contratos; Corporaciones Municipales;