Contenido principal

Dictámenes y Normativa

Búsqueda simple
Ejemplo: 4919/115
Período

Dictamen destacado

ORD.N°499

Materias únicas: Ausencias injustificadas - Indemnización por término de contrato - Remuneraciones variables - Consulta Genérica - Competencia Dirección del Trabajo - Base de cálculo
Fecha: 27-oct-2026

Las ausencias injustificadas al trabajo no suspenden la relación laboral, por lo que el mes en que se producen debe incluirse entre los tres últimos meses calendario que sirven de base para calcular el promedio de las remuneraciones variables, conforme al inciso segundo del artículo 172 del Código del Trabajo.

Documentos relacionados ordinario 343, 04.06.2024 (5)

Ordinarios

ORD.N°499

Fecha: 27/10/2026

Competencia Dirección del Trabajo; Consulta Genérica; Remuneraciones variables; Indemnización por término de contrato; Base de cálculo; Ausencias injustificadas;

Ordinarios

ORD.N°125

Fecha: 10/02/2026

Ley N°18.156; Técnicos extranjeros; Cotizaciones previsionales; Contrataciones;

Ordinarios

ORD.N°687

Fecha: 07/10/2025

Estatuto de Salud; Corporación Municipal; Facultades de interpretación de la normativa laboral;

Ordinarios

ORD.N°407

Fecha: 06/06/2025

Competencia Dirección del Trabajo; Consulta Genérica; Ley N°21.561;

Ordinarios

ORD.N°343

Fecha: 04/06/2024

Competencia Dirección del Trabajo; Consulta Genérica;