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¿Quiénes pueden acceder al Contrato de Trabajo Electrónico?

Cualquier empleador constituido como persona jurídica, registrado en el Portal MI DT y que hayan designado Representantes Laborales Electrónicos y trabajadores que cuenten con clave única.

Cualquier empleador constituido como persona jurídica, registrado en el Portal MI DT y que hayan designado Representantes Laborales Electrónicos y trabajadores que cuenten con clave única.

Última modificación: 31/05/2023