El empleador como medida preventiva para todos los trabajadores de la empresa atendida la actual emergencia sanitaria, podría controlar la temperatura de los trabajadores, medida que deberá informar a todos ellos e incorporarla oportunamente en el Reglamento Interno, y en el evento que algún trabajador se encuentre con síntomas del virus, según el Dictamen 1116/004 del 06.03.2020, corresponde que le dé permiso para acudir a un centro de salud o derivarlo en su caso a la mutualidad a la cual se encuentra afiliada el empleador, con el objeto de que pueda realizarse los exámenes preventivos y, si correspondiere, se le otorgue la respectiva licencia médica.
Última modificación: 07/10/2021