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¿Puede el empleador conceder feriado colectivo (vacaciones) como medida de prevención en relación al Coronavirus?

Sí, el empleador podrá conceder feriado colectivo por un mínimo de 15 días hábiles. En este caso, deberá concederse el feriado a todos los trabajadores de la respectiva empresa o sección, aun cuando individualmente no cumplan con los requisitos para tener derecho a él, entendiéndose que a éstos se les anticipa. (Código del Trabajo, artículo 76; Dirección del Trabajo, dictámenes 1116/004 de 06/03/2020 y 1239/005 de 19/03/2020). 

Última modificación: 07/10/2021