Haber firmado previamente un Pacto de Trabajo a Distancia o Teletrabajo con su trabajador (Contrato o Anexo). En caso del empleador Persona Jurídica debe haber designado previamente uno o más Representantes Laborales Electrónicos en el portal Mi DT. Conocer el correo electrónico personal del trabajador.
Última modificación: 31/05/2023