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¿Qué es una Modalidad de Trabajo “Mixta”?

Para efectos de Trabajo a Distancia o Teletrabajo, estamos en presencia de una Modalidad de Trabajo "Mixta" cuando se establece una combinación entre Trabajo a Distancia o Teletrabajo y Trabajo Presencial.

Si selecciona la alternativa Mixta, el empleador debe ingresar los porcentajes de jornada que corresponden a Trabajo a Distancia, Teletrabajo y Trabajo Presencial. La suma de las modalidades debe ser 100% y debe componerse de al menos dos modalidades.

Última modificación: 31/05/2023