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¿Quiénes pueden ser ministros de fe para ratificar una renuncia voluntaria?

La renuncia del trabajador debe ser firmada por el interesado y, además, debe ser ratificada por un ministro de fe. Para estos efectos, pueden actuar como ministros de fe:

  • El inspector del trabajo
  • Un notario público de la localidad
  • El oficial del registro civil de la respectiva comuna o sección de comuna o el secretario municipal correspondiente
  • El presidente del sindicato o el delegado sindical respectivos.

(Ver: incisos primero y segundo del Artículo 177 del Código del Trabajo)

Última modificación: 12/08/2021