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¿Qué sucede si transcurrido el plazo de 5 días desde su entrada en vigencia, el empleador o empleadora no registra el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad?

Transcurrido el plazo de 5 días desde su entrada en vigencia, el empleador o empleadora que no registre el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad en el sitio web de la DT, estará incumpliendo una obligación legal y podrá ser sancionado por este Servicio.

Última modificación: 01/06/2023