En caso de disconformidad del proceso de votación por quienes no hayan sido incluidos en el padrón electoral, estos deberán formular sus reclamos directamente a la comisión electoral (o a la comisión negociadora, para "votación última oferta del empleador o huelga") o a la directiva sindical, según corresponda al acto eleccionario, no siendo esta circunstancia responsabilidad de la Dirección del Trabajo como proveedor del servicio de votación electrónica.
Quienes sí sean parte del padrón electoral tienen la opción de dejar comentarios en la plataforma, al momento de votar, los cuales podrán ser descargados como anexo por la comisión electoral (o a la comisión negociadora, para votación última oferta del empleador o huelga) o directiva sindical según corresponda al acto de votación.
Última modificación: 26/01/2026