Contenido principal

Centro de consultas

REMUNERACION, HORAS EXTRAORDINARIAS
REMUNERACION, HORAS EXTRAORDINARIAS

¿Cómo se calcula el valor de la hora extraordinaria de un trabajador remunerado con sueldo diario para una jornada de trabajo distribuida en la semana en 5 días?

Para determinar el valor de la hora extraordinaria de un trabajador remunerado con sueldo diario para una jornada distribuida en cinco días en la semana, debe multiplicarse el sueldo diario por el número de días de la semana en que debe prestar servicio (5), agregándose al producto obtenido lo pagado por concepto de semana corrida, y luego dividir el producto obtenido por el número de horas ordinarias que comprende su jornada semanal. El resultado debe incrementarse en un 50%. A igual valor se llega si se multiplica el sueldo diario incrementado por la semana corrida por el factor 0,1666667.

REMUNERACION, HORAS EXTRAORDINARIAS
REMUNERACION, HORAS EXTRAORDINARIAS
Para determinar el valor de la hora extraordinaria de un trabajador remunerado con sueldo diario para una jornada distribuida en cinco días en la semana, debe multiplicarse el sueldo diario por el número de días de la semana en que debe prestar servicio (5), agregándose al producto obtenido lo pagado por concepto de semana corrida, y luego dividir el producto obtenido por el número de horas ordinarias que comprende su jornada semanal. El resultado debe incrementarse en un 50%. A igual valor se llega si se multiplica el sueldo diario incrementado por la semana corrida por el factor 0,1666667. Para determinar el sueldo diario con el incremento señalado debe dividirse el sueldo diario por cinco y el resultado obtenido sumarse al sueldo diario.
(Ver: Código del Trabajo, artículos 32 y 45; Dirección del Trabajo, Ordinario 5652, 05/12/2019; Dirección del Trabajo, Dictamen 1262/41, de 30/03/2005; Dirección del Trabajo, Dictamen 4338/168, de 22/09/2004)
REMUNERACION, HORAS EXTRAORDINARIAS
REMUNERACION, HORAS EXTRAORDINARIAS

Última modificación: 07/10/2021

REMUNERACION, HORAS EXTRAORDINARIAS