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¿Cuáles son las funciones del Comité Paritario de Higiene y Seguridad?

Las funciones del Comité Paritario son: asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección; vigilar el cumplimiento de las medidas de prevención, higiene y seguridad; investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan; decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador; indicar la adopción de las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de riesgos profesionales; cumplir con las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador del seguro (mutual de seguridad o Servicio de Salud) y, promover la realización de cursos de adiestramiento de los trabajadores.

Las funciones del Comité Paritario son:

  1. Asesorar e instruir a los trabajadores para la correcta utilización de los instrumentos de protección.
  2. Vigilar, el cumplimiento tanto por parte de las empresas como de los trabajadores, de las medidas de prevención, higiene y seguridad.
  3. Investigar las causas de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales que se produzcan en la empresa.
  4. Decidir si el accidente o la enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable del trabajador;
  5. Indicar la adopción de todas las medidas de higiene y seguridad que sirvan para la prevención de los riesgos profesionales, y
  6. Cumplir las demás funciones o misiones que le encomiende el organismo administrador respectivo.
  7. Promover la realización de cursos de adiestramiento destinados a la capacitación profesional de los trabajadores en organismos públicos o privados autorizados para cumplir esta finalidad o en la misma empresa, industria o faena bajo el control y dirección de esos organismos.

(Ver: D.S. 54 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, artículo 24)

Temáticas: Salud y Seguridad

Última modificación: 01/06/2023