Protección al Trabajador, Saneamiento Básico de Lugares de Trabajo
¿Cuándo es obligatorio para el empleador habilitar un comedor en el lugar de trabajo?
Según el artículo 28 del Decreto Supremo 594 de 1999, del Ministerio de Salud, el empleador está obligado a disponer de un comedor cuando los trabajadores se vean obligados a consumir alimentos en el lugar donde prestan sus servicios, debido a la naturaleza o modalidad del trabajo que realizan.
Protección al Trabajador, Saneamiento Básico de Lugares de Trabajo
Protección al Trabajador, Saneamiento Básico de Lugares de Trabajo
Última modificación: 07/10/2021
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