Ordinarios
Poder de dirección y mando; Deber de Protección; Reglamento Interno;
ORD. N°683
05-may-2023
Corresponde al empleador aplicar las medidas idóneas para la administración de su empresa, así como implementar aquellos mecanismos que permitan observar el cumplimiento del deber de protección a la salud de sus dependientes. Lo anterior, en virtud del principio de protección o mando y lo dispuesto en el artículo 184 del Código del Trabajo.
Referencias al Código del Trabajo
TITULO PRELIMINAR
Título III DEL REGLAMENTO INTERNO
Título III DEL REGLAMENTO INTERNO
Título I Normas Generales
Capítulo I Del Reglamento Interno
Capítulo I Del Reglamento Interno