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Jornada de Trabajo, Ordinaria, 44 horas semanales
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¿Por qué no basta con la existencia de herramientas tecnológicas disponibles con el control de asistencia para descartar la exclusión de jornada?

Jornada de Trabajo, Ordinaria, 44 horas semanales
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La existencia de mecanismos de registro, herramientas tecnológicas, sistemas de reportes o trazabilidad no configura por sí sola, fiscalización superior inmediata en los términos del artículo 22 inciso 2°, ni excluye por sí sola su procedencia. Lo determinante es si dichos mecanismos implican, en los hechos, un control directo, funcional y efectivamente ejercido sobre la forma y oportunidad en que se desarrollan las labores.

Ver: Código del Trabajo, artículo 22 inciso 2, artículo 42 letra a); Dirección del Trabajo, Dictamen 252/20 de 16.04.2026)

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Consultas: Ley de 40 horas

Última modificación: 21/04/2026

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