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Estatuto Docente, Municipalizados, Contratación y término
Estatuto Docente, Municipalizados, Contratación y término

¿Puede un contrato a plazo fijo pasar a ser indefinido?

No. De conformidad con la doctrina sustentada por la Dirección del Trabajo, no resulta jurídicamente procedente aplicar las normas relativas a la transformación de un contrato de plazo fijo en contrato de duración indefinida a aquellos suscritos por profesionales de la educación, dependientes de una corporación municipal, que tengan la calidad de contratados.

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De conformidad con la doctrina sustentada por la Dirección del Trabajo, contenida en dictamen 3759/169 de 27.06.94, no resulta jurídicamente procedente aplicar las normas relativas a la transformación de un contrato de plazo fijo en contrato de duración indefinida a aquellos suscritos por profesionales de la educación, dependientes de una Corporación Municipal, que tengan la calidad de contratados. Ello por cuanto, aplicar el efecto jurídico previsto en los incisos 1° y 2° del numerando 4° del artículo 159 del Código del Trabajo, relativo a la transformación de los contratos de plazo fijo en contratos de carácter indefinido a los suscritos por docentes dependientes de una Corporación Municipal, que tengan la calidad de contratados, no sería procedente, atendido que los servicios de un contratado son intrínsecamente de carácter transitorio o temporal, de duración limitada en el tiempo.

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Última modificación: 09/04/2018

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