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Ordinarios

Sistema de registro y control de asistencia digital;

ORD. N°1316

25-oct-2023

El sistema de registro y control de asistencia denominado "Relojcontrol.com", presentado por la empresa Qwantec Ingeniería Ltda., no se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

Sistema de registro y control de asistencia digital;

Departamento Jurídico

Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho

E203525 (2217) 2023

ORD. N°:1316

MAT.: Sistema de registro y control de asistencia electrónico.

RORD.: El sistema de registro y control de asistencia denominado "Relojcontrol.com", presentado por la empresa Qwantec Ingeniería Ltda., no se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.

ANTS.: 1) Instrucciones de 16.10.2023 de Jefe (S) Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.

2) Presentación de 11.08.2023, de Sr. Álvaro Vásquez Salinas, en representación de empresa Qwantec Ingeniería Ltda.

SANTIAGO, 25.10.2023

DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

A:SR. ÁLVARO VÁSQUEZ SALINAS

EMPRESA QWANTEC INGENIERÍA LTDA.

AVENIDA APOQUINDO N°4501, OFICINA 401

LAS CONDES

alvaro@qwantec.com

Mediante presentación del antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema de registro y control de asistencia que presenta, denominado "Relojcontrol.com", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen Nº2927/58 de 28.12.2021.

Ahora bien, a fin de validar el cumplimiento de las indicadas exigencias, la solicitante acompañó informe de certificación emitido por la empresa Neosoltec S.p.A., Rut N°76.131.504-8, suscrito por el Sr. Mirko Drpic González.

En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron sometidos al pertinente análisis técnico a fin de verificar el cumplimiento de la normativa administrativa precitada.

Como resultado de dicho proceso, es dable informar a usted que se ha efectuado la siguiente observación:

Respecto del N°2.9.7, Reportes.

Observación: Dado que no se trata de un sistema nuevo, se debe compartir el enlace del sitio de producción, con acceso a la información real que procesa la plataforma ofreciendo el listado de clientes para verificar la reportería con datos al azar.

En la especie sólo se permite el acceso a información asociada a trabajadores del comercializador del producto.

En conclusión, analizada la información acompañada a la luz de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia denominado "Relojcontrol.com", presentado por la empresa Qwantec Ingeniería Ltda., no se ajusta a todas las exigencias establecidas en el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo señalado, no obsta a que, una vez corregidas las observaciones indicadas en el cuerpo del presente informe, la solicitud sea reingresada para su revisión y eventual autorización.

Saluda a Ud.,

NATALIA POZO SANHUEZA

ABOGADA

JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO

DIRECCION DEL TRABAJO

GMS/RCG

Distribución:

Jurídico

Partes

Control

ORD. N°1316
Sistema de registro y control de asistencia digital;

Catalogación

Sistema de registro y control de asistencia digital;