Ordinarios
Sistema de registro y control de asistencia digital;
ORD. N°1485
05-dic-2023
El sistema digital de registro y control de asistencia, denominado "FDE-HR", presentado por la empresa Friendly Digital Experience S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
Departamento Jurídico
Unidad de Dictámenes
e Informes en Derecho
E258976 (2335) 2023
ORD. N°1485
MAT.: Sistema de registro y control de asistencia digital.
RORD.: El sistema digital de registro y control de asistencia, denominado "FDE-HR", presentado por la empresa Friendly Digital Experience S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales.
ANTS.: 1) Instrucciones de 24.11.2023 de Jefe (S) de Unidad de Dictámenes e Informes en Derecho.
2) Presentación de 13.10.2023 de Sr. Rodrigo Rojas Valenzuela, en representación de empresa Friendly Digital Experience S.p.A.
SANTIAGO, 05.12.2023
DE:JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
A:RODRIGO ROJAS VALENZUELA
EMPRESA FRIENDLY DIGITAL EXPERIENCE S.P.A.
ALONSO DE CAMARGO N°7710
LAS CONDES
rodrigo.rojas@fde-mail.com
Mediante su presentación de antecedente 2), usted ha solicitado un pronunciamiento de este Servicio, a fin de determinar si el sistema digital de registro y control de asistencia que presenta, denominado "FDE-HR", y su respectivo proceso de verificación, se ajustan a las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021.
En tal contexto, es del caso señalar que los antecedentes acompañados fueron sometidos al pertinente análisis a fin de verificar el cumplimiento de la normativa administrativa precitada, formulándose las siguientes observaciones:
1-. Respecto del N°2.9.7, Reportes: A fin de permitir el adecuado desarrollo de los procesos de fiscalización, las plataformas deberán contemplar de manera destacada en su menú inicial, un botón exclusivo para la Dirección del Trabajo, denominado "Reportes DT".
Observación: Se realizan diversos intentos, desde diferentes computadores, sin lograr obtener informes de ninguna de las empresas empleadoras ofrecidas por el sistema.
2-. Respecto del N°2.9.7.1, Todos los parámetros de búsqueda deben estar visibles al inicio de la parametrización del reporte, de modo de permitir iniciar al proceso con cualquiera de ellos.
Observación: Se reitera el reparo formulado mediante Ord. N°1257 de 26.09.2023, en cuanto a que las opciones de búsqueda deben estar siempre visibles.
3-. Respecto de los N°4.1 y N°5.2: Certificación y documentos que se deben acompañar a la solicitud, respectivamente.
Observación: Si bien la primera solicitud acompañó el informe de certificación requerido, el proceso de reingreso no aparece actualizado ni firmado por el certificador, sino solo por la empresa desarrolladora.
En consecuencia, sobre la base de la jurisprudencia administrativa invocada y consideraciones formuladas, cumplo con informar a usted que el sistema de registro y control de asistencia, denominado "FDR-HR", presentado por la empresa Friendly Digital Experience S.p.A., no se ajusta a todas las exigencias que sobre la materia establece el Dictamen N°2927/58 de 28.12.2021, por lo que no se autoriza su utilización en el contexto de las relaciones laborales. Lo señalado, no obsta a que, una vez corregidas las observaciones indicadas en el cuerpo del presente informe, la solicitud sea reingresada para su revisión y eventual autorización.
Saluda a Ud.,
NATALIA POZO SANHUEZA
ABOGADA
JEFA (S) DEPARTAMENTO JURÍDICO
DIRECCIÓN DEL TRABAJO
GMS/RCG
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Jurídico;
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