Ley Nº21.561
Dictamen destacado
ORD.N°377
Materias únicas: Asistentes de la educación - Establecimiento particular subvencionado regido por el D.F.L Nº2, de 1998, del Ministerio de Educación - Reducción de la jornada ordinaria de trabajo - Ley Nº21.561
Fecha: 31-ago-2026
La reducción de la jornada ordinaria de trabajo dispuesta por la Ley Nº21.561 no es aplicable a los asistentes de la educación que laboran en establecimientos educacionales particulares subvencionados, quienes se rigen en materia de jornada de trabajo por lo establecido en el artículo 39 de la Ley Nº21.109.
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