El plazo máximo para efectuar el registro de contratos de trabajo vigentes, suscritos antes del 01-10-2021, es de 1 año desde la publicación de la ley, esto es, hasta el 30-04-2022.
Si los contratos de trabajo terminan durante el transcurso de este plazo, deberá registrarse los contratos y su término dentro de:
Última modificación: 30/05/2022